Se mantiene en vigor la orden que limita las reuniones sociales, a pesar de que un juez no la ratifique

Ayer se anunció que el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 6 de Murcia, firmado por el juez José Miñarro, tumbaba las medidas que la Región de Murcia pretendía establecer, como por ejemplo limitar las reuniones sociales a seis personas.

Aunque el juez no haya ratificado estas medidas, como las de limitar las reuniones sociales a 6 personas, continúan vigentes en la Región de Murcia.

Al juez Miñarro no le parece proporcionado que “porque en la Región de Murcia haya a fecha de hoy menos de un 0,2 de contagiados nuevos tengan que sufrir una limitación de derechos tan intensa el 99,80% de ciudadanos sanos y cumplidores, sobre todo si tenemos en cuenta que a fecha 21 de junio, día final del estado de alarma había en la Región de Murcia 7 enfermos de coronavirus, 2 en UVI y 5 en planta, sin nuevos ingresos. Hay que indagar por tanto el origen de los contagios y no tanto buscar en las reuniones de ciudadanos que al menos el 21 de junio estaban sanos”.

El citado documento judicial remarca que “no procede ratificar las disposiciones normativas adoptadas en la Orden de la Consejería de Salud de 26 de agosto de 2020, por no contener medidas sanitarias o actos concretos que se someten a la ratificación judicial”. Asimismo, “ no procede la ratificación de la legalidad o constitucionalidad de las normas jurídicas contenidas en la Ordenes de la Consejería citada por inadecuación del procedimiento y por falta de competencia del Juzgado”.

El juez sostiene que el único organismo que tiene capacidad para decretar estas limitaciones es el Gobierno de la Nación.

A pesar de todo esto, las medidas seguirán vigentes en toda la Región de Murcia.

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