El Ayuntamiento de Lorca no tendrá que devolver 1,8 millones de euros por un convenio urbanístico

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que la empresa inmobiliaria Millenium Procam presentó contra el Ayuntamiento de Lorca para que este le devolviera los 1,8 millones entregados por un convenio urbanístico.

Según se recoge en la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ, para la empresa reclamante, la actuación del Consistorio había hecho inviable la ejecución del convenio, por lo que el mismo debía ser resuelto.

No obstante, la Sala, al desestimar el recurso, indica que lo hace porque no se ha producido ninguna de las causas previstas en el texto del acuerdo que llevaban a la nulidad reclamada. Al parecer, en el texto dice que el convenio urbanístico contemplaba que el Ayuntamiento estaría obligado a devolver a los promotores las cantidades entregadas por estos si no aprobaba de manera definitiva el plan del sector.

Finalmente, para el TSJ, esa circunstancia no se ha dado, ya que, «en modo alguno se ha producido un pronunciamiento municipal denegando la aprobación definitiva del Plan Especial de Adecuación Urbana circunscrito al ámbito geográfico de que era objeto el convenio».

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