Águilas vuelve a reclamar la construcción de la Planta de Compostaje para solucionar el problema de las quemas agrícolas

Las quemas de residuos agrícolas son un problema que viene arrastrándose desde hace muchos años. Se trata de una práctica tradicional de gestión de los residuos agrícolas fuertemente arraigada en todo un sector de la actividad económica, como es la agricultura, cuya regulación será tema de debate en la vídeo reunión que llevarán a cabo mañana jueves concejales de Agricultura de varios ayuntamientos de la Región.

“Hay dos aspectos que hay que dejar claros: que debería aprobarse una Ley de Residuos Vegetales y Quemas Agrícolas que regulase con plenas garantías jurídicas esta materia; y que este problema se solucionaría si dejasen de poner trabas a la puesta en marcha de la Planta de Compostaje”, ha apuntado al respecto el concejal de Agricultura, Bartolomé Hernández.

Los restos de poda están recogidos en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, como un subproducto, en tanto que son susceptibles de utilización ulterior como biomasa o mediante su incorporación al suelo con fines fertilizantes. Por eso el edil de agricultura no entiende “los palos en las ruedas” que se están poniendo a la Planta de Compostaje en Águilas.

Al margen de esta solución, planteada por el edil, cabe aclarar quiénes son las autoridades competentes en materia de quemas agrícolas. La citada Ley, en su artículo 12.4, indica que la competencia corresponde a las Comunidades Autónomas, y, por lo tanto, la CARM debe adoptar las medidas necesarias para que los restos de las podas agrícolas se gestionen sin poner en peligro la salud humana y sin dañar el medio ambiente, y a ser posible, se valoricen como biomasa o mediante incorporación al suelo (fertilizante natural).

Por lo tanto, la Comunidad Autónoma es la competente en este asunto, en lo que respecta a tres ámbitos: en materia de Agricultura, en Sanidad e Higiene, y Protección del Medio Ambiente (Recogidas en el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, artículos 10.6, 11.1 y 11.3 respectivamente).

¿Y qué competencia tienen los Ayuntamientos sobre las quemas agrícolas? Ninguna. La única competencia que tienen los Ayuntamientos se enmarca en el ámbito del Medio Ambiente Urbano. “El Ayuntamiento se encarga de la recogida, transporte y tratamiento de los restos de poda procedentes de jardines públicos. Solo puede regular y prohibir el uso del fuego y la emisión de humos dentro del casco urbano. Pero los Ayuntamientos no tienen competencia o responsabilidad alguna sobre los restos de poda de las explotaciones agrícolas situadas en el ámbito rural”, ha explicado Hernández.

Sin embargo, la Consejería de Agricultura, publica el 5 de mayo del pasado año una orden por la que se dictan medidas urgentes en relación a la quema de podas agrícolas, durante el Estado de Alarma por COVID 19, en la que expone que la Administración local puede valorar y autorizar excepcionalmente quemas. Los Ayuntamientos de la Región declinaron esta medida por no ser competencia municipal. Esta Orden, de 5 de mayo, entraña una seria problemática, ya que choca con lo establecido en las citadas Leyes provocando una grave inseguridad jurídica, además de incurrir en incongruencias como atribuir funciones de supervisión de las quemas a Policía Local, algo que está completamente fuera de su ámbito de competencias. Posteriormente, la Consejería publica la Orden de 30 de diciembre de 2020, que permite la quema por motivos fitosanitarios. Las solicitudes para realizar quemas deben enviarse por ventanilla única a la consejería de Agricultura de la Comunidad Autónoma.

Estos temas serán debatidos en la reunión telemática que los concejales de Agricultura de varios Ayuntamientos de la Región celebrarán mañana jueves, en la que el edil aguileño en la materia defenderá la importancia de poner en funcionamiento la Planta de Compostaje y la necesidad de regular la gestión de los residuos vegetales y las quemas agrícolas mediante una Ley específica.

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