El Gobierno aprueba que los docentes interinos desde el año 2016 podrán optar a plaza fija sin opositar

Fuente: Agencias

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 12 de abril, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Real Decreto que modifica el sistema de acceso a la función pública docente para los años 2022, 2023 y 2024, con el objetivo de reducir la temporalidad en el sector público educativo y aplicar así la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la denominada ‘Ley de interinos’.

Los docentes interinos que lleven trabajando en el sistema público docente desde antes del 1 de enero de 2016 podrán acceder «de manera excepcional» a una plaza fija de funcionario mediante un «concurso de méritos», es decir, se valorará su experiencia y no necesitarán opositar. El objetivo de esta norma, que deriva de la Ley de medidas urgentes para reducir la temporalidad del empleo público aprobada el pasado 28 de diciembre, es disminuir la alta tasa de temporalidad en todas las administraciones públicas del Estado hasta el 8 por ciento.
Tal y como ha afirmado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, hay más de 550.000 docentes en el sistema público español, tanto maestros como profesores, de los cuales un 23% está en situación de interinidad. «Lo que se trata es acabar con estas circunstancias para cumplir en 3 años el objetivo del 8% de temporalidad en este ámbito», ha subrayado.

En virtud de esta norma, que responde a un mandato de la UE, los docentes interinos de larga duración, es decir, aquellos que están trabajando antes de 2016, no tendrán que hacer una oposición para acceder a una plaza pública, simplemente se valorará su antigüedad, la formación que tengan y sus publicaciones.

Tres vías

De este modo, el Real Decreto establece dos procesos distintos para los interinos, y otro para los nuevos aspirantes: un procedimiento extraordinario de méritos para interinos de larga duración; un procedimiento ordinario de «concurso-oposición» para los de media duración; y otro ordinario, también de concurso-oposición, pero con el sistema actual, para nuevos aspirantes e interinos nuevos.

Así, los interinos que lleven trabajando en el sistema público docente desde antes del 1 de enero de 2016 no tendrán que realizar la fase de oposición para conseguir una plaza. El procedimiento de acceso a la función pública de estos trabajadores temporales será por un concurso de méritos extraordinario. Las plazas a convocar serán únicamente de estabilización y las comunidades autónomas podrán convocar este procedimiento una única vez hasta 2024.
Los trabajadores interinos del sistema educativo que trabajan en la administración entre el 2017 y 2020 podrán conseguir la plaza fija a través de un «concurso-oposición», que estará en vigor hasta el 2024 incluido. Este sistema de acceso es nuevo y en ella se establece una única prueba, que se estructura en dos partes: una de conocimientos, en el que se deberá desarrollar un tema por escrito, y otra de aptitud pedagógica, con la presentación de una unidad didáctica. Se elimina así la prueba práctica y la entrega de la programación didáctica, como se hace hasta ahora.

Las partes de la prueba no serán eliminatorias, aunque en su conjunto deberá aprobarse con un 5 sobre 10. En este «concurso-oposición» se han mejorado los baremos de valoración de antigüedad para favorecer que este colectivo tengan más facilidad a la hora de lograr su plaza fija, según fuentes del Ministerio de Educación. Esta vía de acceso es una de las novedades que incluye el real decreto y que es consecuencia de una recomendación del Consejo de Estado, según han informado fuentes del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Los docentes sin experiencia, los que acaban de terminar el grado o el máster, podrán acceder también a plazas de reposición (las que corresponden a jubilados, fallecidos o a profesionales que abandonan la profesión) o las plazas de nueva creación y se regirán por el sistema actual de concurso oposición.

Es precisamente este departamento que dirige Pilar Alegría es el primero que desarrolla la Ley de la Administración Pública, ya que es, junto con el Ministerio de Sanidad, el que más trabajadores interinos tiene en la actualidad.

Esta web utiliza cookies para que tengas la mejor experiencia de usuario. Si continúas navegando estás dando tu consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para más información.

ACEPTAR
Aviso de cookies