Veda temporal para la pesca de arrastre en Murcia

Se llevará a cabo hasta el próximo 15 de junio

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha establecido, a través de una Orden Ministerial que se publica hoy en el BOE, una veda temporal para la pesca de la modalidad de
arrastre de fondo en el litoral de la Región de Murcia.
Esta modalidad queda prohibida a los buques españoles en las aguas exteriores comprendidas entre el paralelo de 37º50,9’ Norte, y la demora de 165º trazada desde Punta Parda, en latitud 37º22,5’ Norte y longitud 001º37,5’ Oeste de la Región de Murcia, desde la entrada en vigor de la Orden hasta el 15 de junio de 2010, ambos inclusive.
Los informes científicos recabados confirman que resulta aconsejable establecer medidas de protección para las poblaciones de especies demersales, entre ellas la creación de vedas en el litoral de la Región de Murcia.
El MARM ha solicitado informe preceptivo al Instituto Español de Oceanografía y se ha consultado previamente a la Comunidad Autónoma y al sector pesquero afectado. Asimismo, se ha cumplido el trámite de comunicación a la Comisión Europea.

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