Lorca endurece la Ordenanza Municipal en su apuesta por perseguir el fraude contra el Padrón de habitantes y luchar contra la infravivienda

El Consistorio amplía las tipologías infractoras modificando la norma, tras detectar desde su puesta en marcha, en junio de 2023, nuevas casuísticas que, hasta ahora al no tener previsión legal, se escapaban al control municipal

 

La propuesta ha sido llevada hoy a Junta de Gobierno para, posteriormente, ser aprobada en el Pleno Municipal, teniendo lugar su correspondiente publicación en el BORM

 

Belén Pérez, edil del Padrón: “Lo que se busca es castigar todas aquellas conductas que ha detectado el Órgano de Control del Padrón desde su activación. Nuestro objetivo principal es adecuar el padrón de habitantes a la realidad del municipio, respondiendo a las demandas de toda una ciudad, contrarrestando el ‘efecto llamada’ y erradicando el modelo de ciudad dormitorio que imperaba en Lorca”

“Si hace apenas un mes, ordenamos las primeras demoliciones y multas de hasta 100.000 euros por acometer obras ilegales y convertir inmuebles en infraviviendas, ahora damos un paso más, marcando un nuevo hito en relación a la lucha contra la infravivienda en nuestro municipio”.

“Dijimos que íbamos a continuar con nuestro propósito de perseguir a todos aquellos que buscan afinar a personas y que no cumplen sus obligaciones en relación al Padrón Municipal y lo estamos haciendo. Y por ese camino vamos a seguir, porque así entendemos nuestro modelo de municipio”.

Así lo ha trasladado la edil de Padrón, Belén Pérez, que ha anunciado la modificación de la Ordenanza reguladora de la gestión del Padrón Municipal de Habitantes y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el Padrón de Habitantes, una propuesta que será llevada a Junta de Gobierno para, posteriormente, ser aprobada en el Pleno Municipal, teniendo lugar su correspondiente publicación en el BORM.

 

“La Ordenanza entró en vigor el 7 de junio de 2023 y, desde entonces, ha venido aplicándose con la finalidad de que el Padrón Municipal de Habitantes sea fiel reflejo de la realidad poblacional y del domicilio de sus habitantes. Ahora, esta modificación de la Norma supone la adaptación a nuevas tipologías de infracciones, y llega tras un trabajo arduo y continuo por parte de la Unidad de Control del Padrón, puesta en marcha por este equipo de Gobierno”.

Y es que la aplicación de esta herramienta ha permitido sacar a la luz determinadas actuaciones fraudulentas que escapaban al control municipal, por lo que el Órgano de Control del Padrón propuso la modificación de la Ordenanza para ampliar los tipos infractores y poder castigar a todas aquellas personas que incumplen sus obligaciones para con el Padrón.

Concretamente, la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de habitantes y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el padrón de habitantes afecta al CAPÍTULO II (Infracciones) artículos 24, 25 y 26, es decir, a las infracciones leves, graves o muy graves, respectivamente.

“El Padrón Municipal -ha recordado la edil- es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Está básicamente regulado por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales”.

En el ámbito de colaboración normativa de los municipios respecto a la regulación de la presente normativa, conviene resaltar que la garantía de la autonomía local (artículos 137 y 140 de la Constitución Española) abre un amplio campo para la regulación municipal, siempre que encuentre legitimación plenaria en su ulterior aprobación, como es el caso.

Algunos de los tipos modificados atienden a los siguientes supuestos. Por ejemplo, hasta ahora, respecto a la falta de veracidad en su declaración sobre el domicilio de otra persona, la referida normativa municipal solo castigaba con la imposición de multas que van desde los 375 euros hasta los 3.000 al propietario y titular del contrato de arrendamiento, pero con la modificación el ‘reproche’ administrativo se extiende también al representante de estos y a cualquier persona que autorice la inclusión en la hoja padronal, siempre y cuando su declaración no se ajuste a la realidad.

Como aspecto más novedoso, la modificación incluye como infracción de carácter muy grave la cometida por el propietario de un inmueble que, con la finalidad de empadronar a personas, realice modificaciones en el mismo o en sus elementos privativos para proceder a su cambio de uso a vivienda sin la preceptiva autorización municipal. “Estamos viendo cómo son numerosas las obras acometidas en locales comerciales para reconvertirlos en infraviviendas en detrimento de espacios que deberían estar destinados al ejercicio de actividades hosteleras y comerciales”.

“Cabe recordar que, además, todas las infracciones cometidas en materia de infravivienda constarán en el Registro de la Propiedad y se traducirán en una carga para el inmueble afectado, protegiendo con ello a terceros adquirentes de buena fe”.

La edil ha concluido animando a los lorquinos a que sigan colaborando en la lucha contra los fraudes cometidos en relación al Padrón Municipal a través del número de WhatsApp puesto a disposición por el Ayuntamiento por el que se pueden realizar comunicaciones de forma anónima (608 87 72 04).

“Esta es una apuesta absoluta de este equipo de Gobierno y seguirán llegando actualizaciones y sanciones para todos aquellos que incumplan sus obligaciones en relación al Padrón. Nuestra pretensión es que el empadronamiento fraudulento sea tipificado específicamente como delito en el ordenamiento jurídico español, contemplando penas de privación de libertad y sanciones económicas, procesando a quienes se lucran con estas prácticas y a quienes participen en su comisión”.

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