Los ecologistas rechazan las amenazas de Carril Solar al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, que puede terminar en un contencioso administrativo de 30 a 50 millones de euros
Ecologistas en Acción defiende que «el proyecto necesita una autorización urbanística excepcional», mientras desde Carril Solar resaltan que dicho trámite de interés público «no se aplica por la normativa vigente regional y así se ha manifestado desde la Dirección General de Ordenación del Territorio de la CARM, y considera que es una estrategia más por parte del Ayuntamiento para denegar la Licencia de obra y hacer decaer la inversión»
Carril Solar, la empresa subsidiaria de la multinacional hispanoaustriaca RP Global creada en los 80 como parte de un banco austriaco, ha amenazado al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras con un contencioso administrativo de 30 a 50 millones de euros de responsabilidad patrimonial por la presunta pérdida causada a la compañía, según ha informado la misma, que reprocha que “el Ayuntamiento ha articulado un mecanismo que obliga a la fotovoltaica a superar un trámite de autorización excepcional que no es aplicable a este tipo de proyectos” como la planta fotovoltaica Carril 400 que promueve esta multinacional.
Según Ecologistas en Acción, no sólo Puerto Lumbreras, sino muchos otros Ayuntamientos murcianos, están exigiendo a los proyectos de plantas fotovoltaicas que demuestren que se trata de actuaciones específicas de interés público que sólo excepcionalmente pueden admitirse y siempre previa autorización del órgano autonómico competente, es decir, en esos casos es la Consejería de Urbanismo del Gobierno Regional la que tiene siempre la última palabra para autorizar o no el proyecto.
Para los ecologistas, el consistorio lumbrerense acierta cuando aplica el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 7/2015 (Ley estatal del suelo), que exige que en el suelo no urbanizable, sólo pueden autorizarse este tipo de usos industriales con carácter excepcional y siempre que sean de interés público o social y que contribuyan a la ordenación y el desarrollo rurales. Así lo están haciendo también otros muchos ayuntamientos con gobiernos locales de distinto signo, tales como Murcia, Mula, Santomera, Cieza, Fuente Álamo, Archena, Blanca, Fortuna, Alguazas, Los Alcázares, etc.
Para la asociación es palmario que una instalación de producción de energía renovable no constituye un uso vinculado a la utilización racional de los recursos naturales en el sentido atribuido por la legislación estatal del suelo, a saber, aquel que permita usar, disfrutar y disponer de los terrenos de conformidad con su naturaleza (esta es la clave), ya sea de naturaleza agraria, ganadera, forestal, cinegética, minera, etc., es decir, en circunstancias en las que el suelo es soporte de los recursos naturales objeto de utilización.
Nada de ello se cumple en las instalaciones de producción de energía renovable destinadas a su venta a la red eléctrica, pues la ubicación de las mismas, en concreto en cuanto a la energía fotovoltaica, carece de conexión alguna con los recursos naturales aportados por el suelo (sustrato para cultivar, pastos, caza, recursos minerales, etc.), siendo aquel mero soporte físico o mecánico de la actividad industrial fotovoltaica y sin relación alguna con los sectores de actividad primaria. Dicho de otro modo, no hay un suelo “de naturaleza energética”, no hay ninguna conexión entre la actividad (p. ej., una cantera) y la naturaleza del suelo (riqueza en minerales).
Ecologistas en Acción no se opone sistemáticamente a la instalación de plantas fotovoltaicas como defienden los negacionistas del cambio climático. Según su portavoz, Pedro Luengo, “sólo pedimos que se cumpla la Ley estatal del suelo y una planta que ocupará millones de metros cuadrados de suelo no urbanizable protegido con especies protegidas y colindante con la Red Natura 2000, pase por los mismos trámites urbanísticos que las demás, incluyendo el preceptivo Estudio de Paisaje que exige la Ley regional del Suelo”.
Finalmente, la asociación emplaza a Carril Solar a que demuestre fehacientemente -como ha afirmado públicamente- que tiene el “visto bueno de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia”, ya que ni ha sido autorizada por la Dirección General de Industria autonómica (ya que por su tamaño es de competencia estatal) ni tampoco por la Dirección general de Urbanismo de la Consejería de Fomento, que es precisamente con toda razón lo que exige el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras aplicando igual que a todos la ley del suelo aprobada en 2015 por el gobierno del Partido Popular.