Prohibidos los velatorios y la asistencia de más de tres familiares a los entierros
El Ministerio de Sanidad prohíbe desde hoy, lunes 30 de enero, los velatorios y la asistencia de más de tres personas a entierros y cremaciones mientras dure el estado de alarma
El Ministerio de Sanidad prohíbe desde este lunes los velatorios de todo tipo y cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres y restringe a un máximo de tres familiares o allegados la comitiva en entierros o cremaciones para limitar el contagio del coronavirus.
Esta nueva medida ha sido publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se aplicará a todos los fallecimientos que se produzcan en el territorio nacional mientras siga vigente el estado de alarma. Se prohíben los velatorios en cualquier instalación, incluso en domicilios particulares.
Además, se restringe a un máximo de tres personas la comitiva para el enterramiento o cremación de los fallecidos. Asimismo, se deberá respetar la distancia de uno a dos metros entre los allegados.
En otro de los puntos de la nueva orden se establece que los precios de los servicios funerarios durante el estado de alarma no podrán ser superiores a los anteriores a dicho estado. En el caso de ya haber abonado precios superiores, la empresa deberá devolver la diferencia en un periodo máximo de seis meses. Además, también deberá devolverse la cantidad exacta de los servicios contratados de los que no se haya “disfrutado” debido al estado de alarma.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este apartado será considerado una infracción.
Las medidas incluidas en esta orden estarán vigentes hasta la finalización de la declaración del estado de alarma y las prórrogas del mismo.